Sentencia N° 362 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de junio de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 362, Exp. C07-0004, 28/06/2007
ExpedienteC07-0004
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-06-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Cruz Mejías, defensor de Mortimer Rafael Rondón, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Corte había confirmado la condena de tres años y seis meses de prisión por los delitos de fraude y uso de documento falso. La Sala argumenta que el recurrente no cumplió con los requisitos exigidos para la admisión del recurso, ya que no planteó sus alegaciones con la claridad y precisión requeridas por la ley.
Extracto de la motiva
El artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, establece los requisitos para acceder al recurso extraordinario de casación, el cual entre otros, deberá interponerse mediante escrito fundado en el cual debe indicarse en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación, expresando de que modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente. Del análisis del recurso se observa, que el recurrente alega en cada una de las denuncias la infracción de los artículos 457 y 452 del Código Orgánico Procesal Penal, para referirse a las supuestos vicios en los que incurrió la Corte de Apelaciones. En tal sentido, la Sala encuentra que tales disposiciones legales no guardan relación con los planteamientos expresados por el impugnante, pues en ellas se establecen los efectos de la declaratoria con lugar del recurso de apelación por una parte; y los motivos en los cuales puede fundarse por la otra. De igual forma en cada una de ellas, alega conjuntamente y de manera confusa falta de aplicación y errónea aplicación de preceptos legales, los cuales constituyen motivos diferentes de procedencia del recurso de casación, el primero referido a la omisión en la que incurre el juez cuando deja de aplicar la norma o precepto legal que corresponde al caso y el segundo; al error o equivocación que comete el sentenciador en la escogencia de dicha norma. No cumple el recurrente con los requisitos exigidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, pues no plantea el recurso con la claridad y precisión requerida en la referida disposición legal, en virtud de lo cual, la Sala considera procedente de conformidad con el artículo 465 eiusdem desestimarlo, por manifiestamente infundado. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por el defensor del ciudadano MORTIMER RAFAEL RONDÓN. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
casacionfraudedocumento falsorecurso de apelaciontribunal supremocodigo organico procesal penalcondenaderecho a la defensa