Sentencia N° 360 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de noviembre de 2022
TSJ/SCP, Sent. N° 360, Exp. C22-266, 11/11/2022
ExpedienteC22-266
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-11-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara la nulidad absoluta del cómputo realizado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer, así como de todas las actuaciones posteriores. Se ordena que el tribunal de origen realice un nuevo cómputo considerando las notificaciones a las partes. La decisión se fundamenta en la vulneración del derecho a la defensa y el debido proceso, destacando la importancia de cumplir con los lapsos establecidos por la ley.
Extracto de la motiva
Del análisis de las actas de la presente causa, esta Sala observa que todas las partes quedaron efectivamente impuestas de la sentencia condenatoria declarada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, siendo la última de ellas efectuadas a los condenados de autos ciudadanos VÍCTOR JOSÉ CAMACHO OCHOA, EDWIN JOSÉ CAMACHO RODRÍGUEZ, así como la ciudadana CARELIS DEL VALLE TOVAR LARA, el 8 de enero de 2020, fecha a partir de la cual la secretaría del referido Tribunal de Instancia, debió efectuar el cómputo del lapso de los recursos de apelación ejercidos los días 13 y 17 de diciembre de 2019, de manera anticipada por las defensoras públicas Mairy Quijada Álvarez y Nevida Vargas, plenamente identificadas, y no desde la fecha en que estas se dieron por notificadas de la decisión condenatoria, eso fue el 10 de diciembre de 2019. No obstante, es de resaltar que esta Sala ha observado el error incurrido por la secretaría del Tribunal Primero de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en...
Dispositiva
PRIMERO: DECRETA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA, del cómputo efectuado el 11 de octubre de 2021, por la secretaria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de La Guaira, con la consecuente nulidad de todas las actuaciones cumplidas con posterioridad al acto irrito, consecutivamente la decisión dictada por la Sala Accidental N° 23 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, con la excepción del presente fallo dictado por esta Sala de Casación Penal. SEGUNDO: Se repone la causa al estado en que el Tribunal Primero de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de La Guaira, dicte un nuevo cómputo sobre la base de las notificaciones efectuadas a las partes, tomado en consideración la imposición de cada uno de los acusados.