Sentencia N° 359 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de noviembre de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 359, Exp. C18-235, 26/11/2018
ExpedienteC18-235
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2018-11-26
DecisiónDesestima
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado José Alexander Finol, defensor del acusado JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ PALACIOS, quien fue condenado a nueve años de presidio por el delito de robo agravado de vehículo automotor. La decisión de la Corte de Apelaciones, que declaró sin lugar el recurso de apelación, fue confirmada por la Sala, argumentando que no se presentaron vicios procedimentales que justificaran la anulación del fallo. La Sala enfatiza que el recurso de casación no es una tercera instancia para revisar la valoración de pruebas ya analizadas por los tribunales inferiores.
Extracto de la motiva
Con el objeto de que la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia ordene admitir y resolver el presente Recurso de Casación, procede de inmediato la defensa a cumplir con el deber que impone el trámite procedimental sobre el Recurso de Casación, señalando con precisión y claridad las denuncias que interpongo, motivo por el cual procedo a señalar las razones, los motivos por los cuáles la recurrida incurrió en el vicio procedimental denunciado de ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia y de qué forma influyó dicho vicio procedimental en la parte dispositiva del fallo. Ciudadanos Magistrados, tomando en consideración que el tribunal de alzada estableció judicialmente que la parte recurrente (Defensor anterior) al momento de formalizar el Recurso de Apelación, denunció indiscriminadamente los vicios procedimentales de contradicción e ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia, los cuales tienen distintos supuestos de procedencia, por lo cual deben fundamentarse separadamente. No obstante lo anterior la alzada en aras de mantener incólume la garantía constitucional a la tutela Judicial Efectiva, procedió a admitir y resolver el Recurso de Apelación Interpuesto por la defensa, dejando entendido que dicho recurso se fundamentó en la ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia y que por ese sólo motivo sería resuelto el recurso de apelación.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por el abogado José Alexander Finol, actuando en su carácter de defensor privado del acusado JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ PALACIOS, titular de la cédula de identidad V- 26.606.707, en contra la decisión dictada el 11 de junio de 2018, por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Gonzalo González Colina, en su carácter de defensor privado del referido acusado, en contra de la sentencia publicada el 20 de diciembre de 2017, por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que CONDENÓ a su defendido acusado JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ PALACIOS, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano RONAL CAÑIZALEZ.