Sentencia N° 359 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de mayo de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 359, Exp. C15-94, 29/05/2015
ExpedienteC15-94
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-05-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Francia Coello González, desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado Julio Cáceres Gamboa en representación de Roger José Parra Torrealba. El recurso fue presentado contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que había declarado sin lugar el recurso de apelación y confirmado la condena de quince años de prisión por el delito de ocultamiento ilícito agravado de sustancias estupefacientes. La Sala concluyó que las denuncias planteadas eran manifiestamente infundadas y no demostraron la existencia de vicios en el procedimiento judicial anterior.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal considera que el alegato según el cual el fallo impugnado carece de motivación no se encuentra debidamente fundado, pues a pesar de realizar transcripciones de extractos tanto del recurso de apelación, como de la sentencia recurrida, no señala claramente cuáles fueron las denuncias hechas en la apelación a las que no se les dio respuesta y a cuáles se les dio respuesta de manera inmotivada; no puntualiza cuál es la argumentación propia que la Corte de Apelaciones debió desarrollar en su decisión y cuáles serían esos fundamentos que no fueron plasmados en la sentencia. Aunado a ello, respecto de ninguno de estos puntos detalló, ni explicó cuáles en qué medida la inmotivación o la omisión de pronunciamiento alegada habría sido decisiva para alcanzar el fallo esperado.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación propuesto por la defensa del ciudadano ROGER JOSÉ PARRA TORREALBA contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida el 15 de diciembre de 2014, mediante la cual declaró SIN LUGAR el recurso de apelación planteado por el recurrente el 22 de mayo de 2014, y CONFIRMÓ la decisión del 9 de mayo de 2014, fecha en la cual se publicó el texto íntegro de la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que CONDENÓ al acusado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149, primer aparte, en relación con el numeral 7 del artículo 163, ambos de la Ley Orgánica de Drogas.

Palabras clave

recurso de casaciónocultamiento ilícitosustancias estupefacientesCorte de ApelacionesTribunal Supremo de Justicia

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