Sentencia N° 359 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de octubre de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 359, Exp. C03-0276, 09/10/2003
ExpedienteC03-0276
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-10-09
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Segundo del Estado Portuguesa, en contra de una sentencia absolutoria dictada por la Corte de Apelaciones. El recurso fue desestimado por la Sala, argumentando que la denuncia carecía de fundamentación adecuada y que no se había infringido el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que las decisiones deben ser fundadas. La Sala concluyó que la decisión de la Corte de Apelaciones no era producto de un capricho o arbitrio del juez, sino que se basaba en el principio in dubio pro reo.
Extracto de la motiva
De la lectura de la presente denuncia se evidencia que la misma carece de la debida fundamentación, pues se señala como vicio cometido por la recurrida, la falta de aplicación del artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual no puede ser infringido por las Cortes de Apelaciones, pues el mismo contiene una norma programática referente al tipo de decisiones emitidas por los tribunales, indicando que éstas, se clasifican en sentencias o autos fundados. Para fundamentar su denuncia, hace el formalizante una serie de planteamientos poco claros y precisos; indica inicialmente que la recurrida incurrió en inmotivación, al no explicar los motivos que tuvo para desestimar la apelación, señalando que ésta, tan sólo expresó que se trataba de un error material el valorar un testigo como un experto, aseverando en tal sentido el recurrente, que no es un error material el valorar un testigo como experto, posteriormente expresa que la apelación se basó en la forma de los escabinos, de analizar las pruebas, indicando que la incompleta motivación de primera instancia, fue admitida por la recurrida.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Segundo del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
recurso de casacionhomicidio calificadoin dubio pro reoinmotivacionerror materialfiscalCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal