Sentencia N° 356 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de noviembre de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 356, Exp. C18-238, 26/11/2018
ExpedienteC18-238
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2018-11-26
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de Carlos Humberto Mendoza Amesty, quien había sido condenado a 30 años de prisión por abuso sexual a una niña y resistencia a la autoridad. La Corte de Apelaciones había modificado la pena a 26 años y 15 días. La Sala concluye que las denuncias de la defensa sobre falta de motivación y aplicación indebida de normas no cumplen con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, ya que los vicios denunciados son atribuibles al Tribunal de Juicio y no a la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al examinar el recurso de casación interpuesto, establece que el mismo no es el medio adecuado para impugnar vicios cometidos por el Tribunal de Juicio, sino aquellos que puedan ser atribuibles a la Corte de Apelaciones. En este sentido, se concluye que las denuncias presentadas por la defensa no son precisas ni contundentes, ya que se limitan a cuestionar la valoración de pruebas realizada por el Tribunal de Juicio, lo cual no es objeto del recurso de casación. La Sala reafirma que la función de valorar las pruebas corresponde exclusivamente a los jueces de primera instancia, y que la Corte de Apelaciones debe limitarse a verificar si el razonamiento del juez de juicio se ajusta a derecho.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por los abogados Jesús Vergara Peña, Carlos Pacheco Romero y Luis Aponte en el carácter de Defensores Privados del ciudadano CARLOS HUMBERTO MENDOZA AMESTY, contra la decisión publicada por la Corte de Apelaciones Sección Adolescentes con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, el 9 de marzo de 2018, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido contra el fallo definitivo dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del referido Circuito Judicial Penal (del cual modificó la pena impuesta al acusado a VEINTISÉIS (26) AÑOS y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN), en fecha 15 de mayo de 2017, que CONDENÓ al mencionado ciudadano a cumplir la pena de treinta (30) años de prisión por la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A NIÑA AGRAVADO Y CONTINUADO, previsto y sancionado en los artículos 259, primer y segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en artículo 218 del Código Penal.
Palabras clave
casaciónabuso sexualniñaviolencia contra la mujerZulia