Sentencia N° 355 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de julio de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 355, Exp. A06-0264, 27/07/2006
ExpedienteA06-0264
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-07-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admite las solicitudes de avocamiento presentadas por los abogados defensores de los ciudadanos procesados en la causa signada con el No. TP01-P-2004-00270, por delitos de homicidio calificado y uso indebido de arma de fuego. Se ordena la suspensión inmediata del curso de la causa y se requiere el expediente al Juzgado Accidental de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo.

Extracto de la motiva

Vistos los escritos de solicitud de avocamiento presentados y en virtud del criterio sostenido por la mayoría de la Sala, según el cual, debe pronunciarse mediante auto de admisión del avocamiento antes de la resolución de la misma, y vista la consideración del presente caso por la Magistrada Blanca Rosa Mármol de León, quien estima imprescindible para resolver las solicitudes planteadas, revisar el expediente, a fin de verificar directamente las denuncias realizadas, ADMITE especialmente las solicitudes de avocamiento y ACUERDA librar oficio al Tribunal Accidental de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a los fines de requerir el expediente signado con los números y letras TPO1-P-2004-00270, y en consecuencia se ORDENA la suspensión inmediata del curso de dicha causa, de conformidad con lo establecido en la parte “in fine” del decimocuarto aparte del artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

ADMITE especialmente las solicitudes de avocamiento y ACUERDA librar oficio al Tribunal Accidental de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a los fines de requerir el expediente signado con los números y letras TPO1-P-2004-00270, y en consecuencia se ORDENA la suspensión inmediata del curso de dicha causa, de conformidad con lo establecido en la parte “in fine” del decimocuarto aparte del artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

avocamientohomicidio calificadouso indebido de arma de fuegosimulación de hecho puniblesuspensión de causatribunal accidentalprivación de libertad

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