Sentencia N° 354 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de julio de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 354, Exp. C24-298, 04/07/2024
ExpedienteC24-298
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-07-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por los abogados defensores de Omar Belandria Contreras, en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró con lugar un recurso de apelación. La Sala argumenta que la decisión impugnada no pone fin al proceso penal, ya que solo ordena la celebración de una audiencia preliminar, lo que no es susceptible de casación según el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

En relación con lo anterior, esta Sala de Casación Penal observa que, los profesionales del Derecho Andrés Leonardo Albarrán Rivas y Yorman Leonardo Albarrán Barroeta, actuando en su condición de defensores privados del ciudadano OMAR BELANDRIA CONTRERAS, ejercieron recurso de casación en contra de la decisión de fecha 7 de febrero de 2024, dictada por el Tribunal de Alzada. No obstante, previo a pronunciarse sobre el recurso ejercido, debe indicar la Sala que la decisión emanada del Tribunal de Alzada ordenó la celebración de la audiencia preliminar, por lo que estamos en presencia de un proceso en trámite en fase intermedia, resultando inconcebible que los profesionales del derecho que recurren en casación, demuestren tal desconocimiento respecto a las disposiciones contenidas en nuestro ordenamiento jurídico a efectos de su ejercicio efectivo. En el sentido indicado, con la finalidad de ejercer una labor pedagógica a quienes emplean erróneamente los recursos para impugnar las decisiones emanadas de los administradores de justicia, en este caso específicamente de los Tribunales de Segunda Instancia; es necesario señalar, que, contra estas únicamente puede ser ejercido el recurso de casación, tal como ha sido criterio reiterado de esta Sala, cuando la decisión proferida implique la finalización del proceso, sin posibilidad de darle continuación, cuyo supuesto inexorable no es susceptible de separarse de la penalidad establecida para el tipo penal endilgado, ya sea por el Ministerio Público o por la parte afectada en su acusación particular propia o privada, en el escrito que a tales efectos sea presentado, o en el supuesto que se dicte una sentencia condenatoria, y la misma disponga una pena que en ningún caso puede ser inferior a los cuatro años, siendo esa dupla, la que determinará la

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por los abogados Andrés Leonardo Albarrán Rivas y Yorman Leonardo Albarrán Barroeta, en contra de la decisión dictada el 24 de febrero de 2024, por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas.

Palabras clave

casacióninadmisibleproceso penal

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