Sentencia N° 354 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de junio de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 354, Exp. C07-0223, 26/06/2007
ExpedienteC07-0223
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-06-26
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Alfonso Ballestas Loaiza, en representación de Leana Delis Rivas Serrano, quien fue condenada por distribución ilícita de sustancias estupefacientes. La defensa alegó nulidades en el allanamiento y falta de representación legal durante el mismo, argumentando que no se cumplió con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. Sin embargo, la Sala concluyó que las denuncias eran infundadas y que el allanamiento se realizó de manera legal, con la presencia de testigos imparciales.
Extracto de la motiva
La Sala observa, que tales planteamientos son excluyentes entre sí por cuanto, se establece que la falta de aplicación de una disposición legal es la inobservancia de esta por parte del juzgador al fundamentar su fallo, (un precepto legal no aplicado) y es por esto que mal pudo la recurrida interpretar erróneamente la norma, (cuando se equivoca la interpretación y no se le da su verdadero sentido a la misma) pues resulta incongruente que si no la aplicó no pudo mal interpretarla. Por otra parte, le está vedado a las Cortes de Apelaciones el conocer diligencias de investigación y que son propias de la fase de investigación o preparatoria ya que es el Estado como titular de la acción penal, quien la ejerce a través del Ministerio Público, órgano que está obligado a ejercerla y a sostenerla en el proceso con la autoridad que ostenta sobre los órganos de Policía de Investigaciones Penales.
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano ALFONSO BALLESTAS LOAIZA, contra el fallo dictado por la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, el 20 de marzo de 2007.