Sentencia N° 353 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de julio de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 353, Exp. E06-0207, 27/07/2006
ExpedienteE06-0207
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2006-07-27
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición del ciudadano Joseph EL CHABAB, solicitada por el gobierno de Bélgica. Se destacó que, a pesar de la solicitud formal, no se había recibido la petición de extradición y que el ciudadano no había sido aprehendido por las autoridades venezolanas. La Sala determinó que la falta de aprehensión impedía continuar con el procedimiento de extradición.
Extracto de la motiva
Ahora bien, en el caso que nos ocupa, esta Sala observa que según oficio N° 1121, emanado de la Dirección General de Justicia y Cultos de fecha 18 de mayo de 2006, no se ha recibido la petición formal de la extradición del ciudadano Libanés Joseph EL CHABAB, por parte del Gobierno del Reino de Bélgica. En el presente caso, el ciudadano Joseph EL CHABAB, no ha sido aprehendido por las autoridades venezolanas, por tal motivo considera esta Sala que, para proseguir con el procedimiento de extradición establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, se requiere la aprehensión del solicitado y tal circunstancia no se verifica en el expediente para así poder convocar a una audiencia pública dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación del solicitado, a la cual concurrirán el representante del Ministerio Público, el condenado, su defensor y el representante del gobierno requirente (artículos 396 y 399 eiusdem), lo cual impide resolver a la fecha la procedencia o no de la solicitud de extradición requerida por el Reino de Bélgica. Así se declara.
Dispositiva
Publíquese, notifíquese, regístrese y archívese. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
extradiciondetencion preventivanarcotraficolavado de dinerojusticia internacionalco-organizadorcaptura internacional
Normas citadas
Código Orgánico Procesal Penal art. 396
Código Orgánico Procesal Penal art. 399
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