Sentencia N° 352 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de octubre de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 352, Exp. C23-248, 06/10/2023
ExpedienteC23-248
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-10-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación presentado por la abogada Yulismar Jaimes, en representación de Richard Alberto Grillet Álvarez, quien fue condenado a quince años de prisión por el delito de financiamiento al terrorismo. La decisión de la Corte de Apelaciones, que confirmó la sentencia del Tribunal Primero de Primera Instancia, fue considerada por la Sala como debidamente motivada y ajustada a derecho. La recurrente alegó falta de motivación y errónea aplicación de la ley, pero la Sala concluyó que no se cumplieron los requisitos de fundamentación necesarios para la admisión del recurso.

Extracto de la motiva

motivación la sentencia recurrida, ya que el Capítulo IV del fallo hoy impugnado y relativo a las consideraciones de hecho y de derecho para decidir, no se desprenden a ciencia cierta los fundamentos de hecho y de derecho del A quem, que permitan verificar el fundamento propio para confirmar la decisión de Juicio y dar por acreditada la comisión del delito de FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, previsto y sancionado en el artículo 53 de la ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. El criterio asumido por la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones con Competencia en casos vinculados con los delitos asociados a Terrorismo y con Competencia para conocer y decidir en casos de imputación de delitos derivados y conexos asociados a los fenómenos de corrupción y delincuencia Organizada con Jurisdicción Nacional parte que tengamos una sentencia inmotivada, lo que viola igualmente el contenido de los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Por lo que la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones con Competencia en casos vinculados con los delitos asociados a Terrorismo y con Competencia para conocer y decidir en casos de imputación de delitos derivados y conexos asociados a los fenómenos de corrupción y delincuencia Organizada con Jurisdicción Nacional; inobservó tal presupuesto constitucional, en virtud de ello, es menester resaltar reiterados y pacíficos criterios jurisprudenciales emanados del máximo Tribunal de la República; en cuanto a la motivación ha reiterado en diferentes sentencias; lo relativo a la obligatoriedad y necesidad del juzgador; en la observancia de este requisito de aplicación simple y fundamental lógica, citamos: ‘(...) La motivación de los fallos consiste en la exteriorización por parte del juzgador de lo decidido y su correspondiente justificación a la conclusión a la cual se ha arribado en determinado juicio, en pocas palabras, el fallo se identifica con IAJuriss.com | Base de Datos Jurídic

Dispositiva

Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el Recurso de Casación presentado por la abogada Yulismar Jaimes en su carácter de Defensora Pública Cuadragésima Séptima (47°) Provisoria con Competencia en Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, actuando como defensora del ciudadano RICHARD ALBERTO GRILLET ÁLVAREZ, titular de la cedula de identidad número V.- 9.437.388, contra la decisión dictada en fecha 27 de abril de 2023, por la “…Sala Especial Uno de la Corte de Apelaciones con Competencia en Casos Vinculados a los Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional y con Competencia para Conocer y Decidir en Casos con Imputación de Delitos Derivados y Conexos Asociados a los Fenómenos de Corrupción y Delincuencia Organizada…”, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la precitada abogada, en fecha 29 de julio de 2022, confirmando la decisión dictada por el “…Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia Exclusiva a Nivel Nacional para Conocer de Causas Vinculadas con Delitos de Terrorismo…”, que dictó “…Sentencia Definitiva mediante la cual Condena al ciudadano RICHARD ALBERTO GRILLET ÁLVAREZ, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS, en virtud de haberlo hallado culpable de la comisión del delito de FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, tipificado en el artículo 53 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo Penal…”.

Palabras clave

casaciónterrorismofinanciamientosentenciajusticia

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