Sentencia N° 352 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de julio de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 352, Exp. C08-143, 10/07/2008
ExpedienteC08-143
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-07-10
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la representación de la víctima querellante, argumentando que la decisión de la Corte de Apelaciones no pone fin al juicio ni impide su continuación. La Sala observa que el sobreseimiento dictado por el Tribunal Quinto de Juicio adquirió la cualidad de cosa juzgada, ya que no fue apelado por las partes, lo que impide su revocación o anulación.

Extracto de la motiva

El Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 459 establece cuáles son las decisiones recurribles en casación, entendiéndose, que sólo podrá ser propuesto contra las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años, o la sentencia condene a penas superiores a esos límites. También serán impugnables las decisiones de las Cortes de Apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación. Así, evidencia la Sala que la decisión dictada por la Corte de Apelaciones no pone fin al juicio ni impide su continuación, y por lo tanto no es susceptible de ser recurrida en casación, toda vez que subsiste la orden dictada por la recurrida, de que el Tribunal Quinto de Juicio se pronuncie en relación con el bien inmueble objeto del fraude, por ello la Sala declara INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por la representación de la víctima, por no encontrarse dentro de las decisiones previstas en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal. Sin perjuicio que posteriormente pueda interponer el recurso de casación correspondiente, en relación a la decisión del sobreseimiento.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la representación de la víctima querellante. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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