Sentencia N° 352 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de octubre de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 352, Exp. R04-0406, 05/10/2004
ExpedienteR04-0406
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2004-10-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación de un juicio por delitos graves, incluyendo homicidio calificado, robo agravado y porte ilícito de arma de fuego, debido a la alarma pública generada por el caso. La solicitud fue presentada por la Defensora Pública Penal, quien argumentó que la gravedad de los delitos y las inhibiciones de los jueces han causado un retardo procesal significativo. La Sala constató la paralización del proceso y decidió declarar con lugar la solicitud de radicación.

Extracto de la motiva

El artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal dispone: 'En los casos de delitos graves, cuya perpetración cause alarma, sensación o escándalo público, o cuando por recusación, inhibición o excusa de los jueces titulares y de sus suplentes y conjueces respectivos, el proceso se paralice indefinidamente, después de presentada la acusación por el fiscal, el Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de cualquiera de las partes, podrá ordenar, en auto razonado, que el juicio se radique en un Circuito Judicial Penal de otra Circunscripción Judicial que señalará. Dicha decisión deberá dictarla dentro de los diez días siguientes al recibo de la solicitud'. La solicitante pone de manifiesto que la gravedad del delito y las muertes violentas de personas cercanas a la víctima, han causado alarma, sensación y escándalo público en el Estado Bolívar, y ello ha motivado las inhibiciones de todos los jueces de juicio que conocen de la causa y por consiguiente ha causado retardo procesal. La Sala ha constatado (mediante llamada telefónica realizada por la Secretaría de la Sala Penal) que la causa está paralizada por las inhibiciones de los jueces y suplentes que integran los Tribunales de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RADICA EL JUICIO seguido al ciudadano acusado José Moisés Guillén Hernández, en un Juzgado de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Comuníquese esta decisión al Juzgado de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, para que remita el expediente original a la instancia judicial en la que se radicó el juicio. Ofíciese lo conducente y remítase el expediente.

Palabras clave

radicaciónhomicidioalarma públicainhibicionesjusticiaCódigo Orgánico Procesal PenalEstado Bolívardelitos graves

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca