Sentencia N° 351 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de agosto de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 351, Exp. A10-302, 10/08/2011
ExpedienteA10-302
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-08-10
DecisiónConfirma la Sentencia dictada por el Tribunal Único en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, extensión Tucacas del 8 de febrero de 2010, mediante la cual absolvió al ciudadano Oscar Erick González Díaz por la comisión del delito de Amenazas y lo condenó por la comisión del delito de Violencia Psicológica.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se avoca al conocimiento de la causa seguida al ciudadano Oscar Erick González Díaz, confirmando la sentencia del Tribunal de Juicio que lo condenó por el delito de Violencia Psicológica y absolvió por el delito de Amenazas. La Corte de Apelaciones había anulado la sentencia por considerar que se había fundamentado en prueba obtenida ilegalmente, pero el Tribunal Supremo establece que la prueba cuestionada no era determinante para la condena, ya que existían otros elementos probatorios suficientes para establecer la responsabilidad del acusado.
Extracto de la motiva
La Corte de Apelaciones anulo la prueba consistente en el testimonio del experto psicólogo y el Informe psicológico ofrecido como documental, omitiendo como se arguye anteriormente para decidir, la disposición Segunda Transitoria de la Ley especial que rige la materia, y que además es especialísima, aunado a ello en la población de Tucacas aun no existe equipo multidisciplinario, siendo que solo existe el psicólogo David Bolívar, adscrito al equipo de psicólogos del Tribunal de Protección del Niño y Adolescente, quien además cuenta con 25 años de experiencia profesional y presta la colaboración a la Fiscalía para las evaluaciones psicológicas a las Mujeres Víctimas de Violencia, igualmente en dicha población no cuenta con el Tribunal especializado en materia de violencia contra la mujer, siendo cumplidas las funciones por los tribunales penales ordinarios.
Dispositiva
PRIMERO: Se avoca al conocimiento de la causa seguida al ciudadano Oscar Erick González Díaz. SEGUNDO: Declara sin lugar la solicitud de avocamiento interpuesta por los abogados Luís Fernando Palmares Rivas y Noraida Isabel García de Santos. TERCERO: Anula parcialmente la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Santa Ana de Coro, el 5 de abril de 2010, en cuanto a la orden de celebrar un nuevo juicio oral y público en la presente causa. CUARTO: Confirma la Sentencia dictada por el Tribunal Único en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, extensión Tucacas del 8 de febrero de 2010, mediante la cual absolvió al ciudadano Oscar Erick González Díaz por la comisión del delito de Amenazas, y lo condenó por la comisión del delito de Violencia Psicológica.
Palabras clave
violencia psicológicaavocamientoTribunal Supremo de JusticiaFalcón