Sentencia N° 351 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de junio de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 351, Exp. C07-0126, 26/06/2007
ExpedienteC07-0126
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-06-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 26 de junio de 2007, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Jilber Andrés Parra Fernández, quien había sido condenado a nueve años de presidio por el delito de robo agravado de vehículo automotor. La defensa argumentó que no existió un arma real y que la amenaza fue presunta, solicitando la modificación de la calificación del delito a hurto. Sin embargo, la Sala consideró que la conducta del acusado encuadraba en el tipo penal de robo agravado, dado que se utilizó violencia psicológica y se cometió en compañía de un menor de edad.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: De lo antes trascrito, se infiere que el recurrente señala que la Corte de Apelaciones al ratificar la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio, incurrió en la indebida aplicación del artículo 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, ya que, en su criterio, el tipo penal aplicable era el establecido en el artículo 1° eiusdem, que tipifica el delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR. Así mismo, señaló que: '...mal pudo la honorable Corte de Apelaciones ratificar la sentencia condenatoria dictada por el Honorable Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio por admisión de los hechos, debido a que se hizo una valoración errónea de los diversos elementos que existen en la acusación fiscal, pues no valoró la inexistencia del arma y no individualizó al adolescente...'. Ahora bien, la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, estableció lo siguiente: '...Observa esta alzada que antes de tomar la respectiva decisión debe realizar las siguientes consideraciones: En cuanto al pedimento solicitado por el ciudadano relacionado con el cambio de calificación a la figura de Robo Genético, o en su defecto de Hurto de Vehículo Automotor, la razón asiste al Tribunal de la recurrida ya que la acción desplegada por el agente activo del delito en este caso el acusado JILBER ANDRÉS PARRA FERNÁNDEZ consiste en amenazar por medio de la violencia a la víctima del hecho, que en este caso se trata de un adolescente apoderándose de un vehículo automotor (moto), luego de culminarlo a hacer la entrega de la misma, figura jurídica conocida como Robo Agravado de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el artículo 6 numerales 3, 6 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotor...'.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano acusado JILBER ANDRÉS PARRA FERNÁNDEZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

robo agravadovehículo automotorviolencia psicológicamenor de edadadmisión de hechoscorte de apelacionesrecurso de casación

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