Sentencia N° 351 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de julio de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 351, Exp. C02-0238, 09/07/2002
ExpedienteC02-0238
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-07-09
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la Fiscal Vigésima Octava del Ministerio Público contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Zulia. La Corte había declarado extemporáneo el recurso y sobreseído la causa por no revestir los hechos investigados carácter penal, en relación con el delito de extracción ilícita de materiales.
Extracto de la motiva
El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal señala que son recurribles en casación las sentencias de las cortes de apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas. Y por cuanto la sentencia impugnada no se encuentra entre las señaladas en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, la misma no es impugnable en casación. En consecuencia, el presente recurso debe ser declarado inadmisible. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la parte fiscal. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.