Sentencia N° 347 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de octubre de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 347, Exp. E16-120, 07/10/2016
ExpedienteE16-120
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2016-10-07
DecisiónArchivar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano Igor Vladimirovich Polishkarov, requerido por el Gobierno de la Federación Rusa por el delito de estafa. La Sala determinó que no se podía proceder con la solicitud debido a la imposibilidad de ubicar al requerido en el territorio venezolano, lo que impide realizar la audiencia correspondiente para decidir sobre la extradición. En consecuencia, se ordenó el archivo del expediente hasta que se tenga conocimiento de la ubicación del ciudadano requerido.

Extracto de la motiva

La competencia para conocer del procedimiento de extradición activa o pasiva, se encuentra prevista en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en el artículo 29, numeral 1, que establece lo siguiente: 'Artículo 29. Es de la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia: 1.- Declarar si hay o no lugar para que se solicite o conceda la extradición en los casos que preceptúan los tratados o convenios internacionales o la ley.' Atendiendo a lo anterior, corresponde a la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal, el conocimiento de las solicitudes de extradición, de conformidad con la Constitución, las leyes y los Tratados o Convenios Internacionales que en materia penal hayan sido ratificados por la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia, la Sala declara su competencia para conocer del presente procedimiento de EXTRADICIÓN PASIVA.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: que a la presente fecha la Sala se encuentra imposibilitada de pronunciarse sobre la procedencia o no de la solicitud de extradición del ciudadano IGOR VLADIMIROVICH POLISHKAROV, quien está identificado como un ciudadano de nacionalidad rusa, con el pasaporte ruso N° 4509078329, requerido en extradición por las autoridades de la Federación Rusa, por ser presunto autor del delito de ESTAFA, previsto en el apartado 4 del artículo 159 del Código Penal de ese país, por cuanto no consta en el expediente que el nombrado ciudadano se encuentre detenido en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, ni se tiene conocimiento de su ubicación actual, requisito exigido en el artículo 386 del Código Orgánico Procesal Penal, para realizar el trámite correspondiente a la solicitud de extradición pasiva y acordar o no su procedencia, sin perjuicio de que la Sala nuevamente revise la procedencia o no de la solicitud de extradición, cuando conste su detención en nuestro país. SEGUNDO: ofíciese al Ministerio Público para que solicite la búsqueda y localización del ciudadano IGOR VLADIMIROVICH POLISHKAROV, quien es requerido por la Federación Rusa, ello con el objeto de continuar con el procedimiento establecido en los artículos 387 y 390 del Código Orgánico Procesal Penal venezolano. TERCERO: se ordena el archivo del expediente contentivo de la presente solicitud de extradición.

Palabras clave

extradiciónestafaRusia

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