Sentencia N° 347 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de junio de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 347, Exp. C07-0150, 21/06/2007
ExpedienteC07-0150
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-06-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Eskeyla Aguilera contra un fallo que condenó a Endri Benito Chourio Atencio a trece años y seis meses de presidio por homicidio intencional. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación por el defensor público Armando Rivera, quien alegó ilogicidad en la motivación de la sentencia. La Sala de Casación Penal desestimó el recurso, argumentando que los motivos de procedencia del recurso de apelación no pueden ser utilizados para fundamentar el recurso de casación.

Extracto de la motiva

La Sala ha dicho en reiterada jurisprudencia, que el mismo no puede ser infringido por las Cortes de Apelaciones, pues a esta alzada no le corresponde la apreciación y valoración de las pruebas, salvo que dicte una decisión propia que no es el caso que nos ocupa, pues esta es una obligación del Tribunal de juicio, conforme al principio de inmediación establecido en el artículo 16 ibídem. Asimismo, el recurrente denunció la infracción por parte de la Corte de Apelaciones, de los artículos 22 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 (numeral 2) de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En relación con el referido artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, la Sala ha dicho en reiterada jurisprudencia, que el mismo no puede ser infringido por las Cortes de Apelaciones, pues a esta alzada no le corresponde la apreciación y valoración de las pruebas, salvo que dicte una decisión propia que no es el caso que nos ocupa, pues esta es una obligación del Tribunal de juicio, conforme al principio de inmediación establecido en el artículo 16 ibídem.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara desestimado por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano Endri Benito Chourio Atencio. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

recurso de casaciónhomicidio intencionalilógica en la motivaciónvaloración de pruebasCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal PenalConstitución de la República

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