Sentencia N° 341 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de mayo de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 341, Exp. C15-66, 22/05/2015
ExpedienteC15-66
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-05-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación. Se argumentó que la Corte de Apelaciones incurrió en el vicio de inmotivación al no fundamentar adecuadamente su decisión de absolver al acusado, Luis Gerardo Finol Sánchez, por el delito de homicidio intencional. La Sala consideró que la motivación de las sentencias es un requisito esencial para garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso.
Extracto de la motiva
La motivación de las sentencias es un requisito de estricto orden público, en tanto permite a los justiciables conocer el criterio que tuvo el juez para resolver la controversia sometida a su consideración, y así hacer posible el control posterior, impidiendo con ello la arbitrariedad judicial, para cristalizar con ello las garantías constitucionalizadas del derecho a la defensa y el debido proceso; esta Sala estima pertinente la admisión del presente recurso de casación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, admite la primera denuncia del recurso de casación propuesto por los abogados ROBERT JOSÉ MARTÍNEZ GODOY y EDUARDO JOSÉ MAVÁREZ GARCÍA, en su carácter de Fiscales, Titular y Auxiliar, respectivamente, adscritos la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; y desestima, por manifiestamente infundada, la segunda denuncia del mismo recurso de casación. Se convoca la correspondiente audiencia pública, de conformidad con el artículo 458 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días.
Palabras clave
Homicidio IntencionalCasación PenalInmotivaciónDerecho a la defensaDebido proceso