Sentencia N° 340 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de julio de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 340, Exp. A07-18, 03/07/2008
ExpedienteA07-18
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-07-03
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de julio de 2008, declara desistido el avocamiento solicitado por LUIS BELTRÁN VAAMONDE ROJAS, quien, asistido por su abogado JOSÉ PULIDO, renunció formalmente a dicha solicitud. La decisión se fundamenta en la aceptación del desistimiento por parte del solicitante, cumpliendo así con los trámites procedimentales establecidos.
Extracto de la motiva
Por cuanto en autos consta que el ciudadano LUIS BELTRÁN VAAMONDE ROJAS, debidamente asistido por el ciudadano abogado JOSÉ PULIDO, manifestó formalmente la renuncia a la solicitud de avocamiento, la Sala declara desistido tal requerimiento. Y así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA DESISTIDO EL AVOCAMIENTO solicitado por el ciudadano LUIS BELTRÁN VAAMONDE.