Sentencia N° 34 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de febrero de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 034, Exp. C22-383, 17/02/2023
ExpedienteC22-383
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-02-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara la nulidad absoluta de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, que declaró inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación ejercido por el Ministerio Público. Se establece que el cómputo del lapso para la interposición del recurso debe comenzar a partir de la última notificación efectuada, que fue la imposición de la sentencia al acusado el 24 de mayo de 2021.

Extracto de la motiva

Sobre la base de las consideraciones antes descritas y siendo que en el presente caso, no se cumplió con lo antes descrito esta Sala de Casación Penal, estima necesario declarar la nulidad absoluta de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en fecha 23 de julio de 2021, mediante la cual declara extemporáneo el recurso de apelación ejercido por el Ministerio Público, por cuanto desatendió su función revisora. Igualmente, se repone la causa al estado en que conozca la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, el Recurso de Apelación ejercido por el Ministerio Público, y de continuidad al proceso. Constituyendo un imperativo para esta Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, hacer un llamado de atención y al mismo tiempo Instar a los Jueces integrantes de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, para que en lo sucesivo atiendan y apliquen los criterios jurisprudenciales y doctrinales emanados de la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: DECRETA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA, de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en fecha 23 de julio de 2021, mediante la cual declara inadmisible por extemporáneo, el recurso de apelación ejercido por el Ministerio Público, con la consecuente nulidad de todas las actuaciones cumplidas con posterioridad al acto írrito, con la excepción del presente fallo dictado por esta Sala de Casación Penal. SEGUNDO: Se repone la causa al estado en que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, constituida en Sala Accidental, conozca del Recurso de Apelación ejercido por el Ministerio Público, y de continuación al proceso.

Palabras clave

nulidadapelaciónCorte de ApelacionesMinisterio Públicojusticiajurisprudencia

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