Sentencia N° 34 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de mayo de 2021

TSJ/SCP, Sent. N° 034, Exp. C19-68, 13/05/2021
ExpedienteC19-68
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2021-05-13
DecisiónADMITE la primera denuncia, del recurso de casación; DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADAS, la segunda, tercera y cuarta denuncias.

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió la primera denuncia del recurso de casación interpuesto por la defensa de Elisardo Alonso Vecoña, mientras que desestimó las denuncias segunda, tercera y cuarta por ser manifiestamente infundadas. La decisión se basa en la falta de aplicación adecuada de la ley y en la vulneración del derecho al debido proceso, al modificar la calificación jurídica de los hechos sin el debido análisis del acervo probatorio. Se convocará a las partes a una audiencia oral y pública para continuar con el proceso.

Extracto de la motiva

Que “…[c]on fundamento en los artículos 452 y 454, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, denunciamos la infracción de la Ley, por falta de aplicación de los artículos 157 y 346, numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal, y como consecuencia de ello, la vulneración a lo previsto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pues, tal accionar conllevó a la absoluta y manifiesta falta en la motivación de la decisión dictada por la Sala 9 de la Corte de Apelaciones, específicamente en lo atinente a la primera de nuestras denuncias, la cual pasó la Alzada a resolver como cuarta, previa advertencia de proceder alterando el orden en que fueron expuestas las mismas; en este sentido convencidos estamos que dicho fallo no se pronunció con relación al vicio delatado en la primera denuncia del Recurso de Apelación, relacionado básicamente con la flagrante contradicción en la motivación que impregna la sentencia de instancia”. Que “…[d]e lo antes transcrito, ciudadanos magistrados (sic), se colige con claridad me [..FINAL...] ficación jurídica dada fue la correcta. En consecuencia, la Sala de Casación Penal DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADA, la cuarta denuncia del recurso de casación interpuesto por los ciudadanos abogados Cruz Alexander Morales Nieves, Eliana Vegas González y William Vicente Gómez Rivas, en su condición de defensores del ciudadano ELISARDO ALONSO VECOÑA, de acuerdo con lo previsto en los artículos 454 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: ADMITE la primera denuncia, del recurso de casación interpuesto por los ciudadanos abogados Cruz Alexander Morales Nieves, Eliana Vegas González y William Vicente Gómez Rivas, actuando en su carácter de defensores privados del ciudadano ELISARDO ALONSO VECOÑA. SEGUNDO: DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADAS, la segunda, tercera y cuarta denuncias, del recurso de casación interpuesto por los ciudadanos abogados Cruz Alexander Morales Nieves, Eliana Vegas González y William Vicente Gómez Rivas, actuando en su carácter de defensores privados del ciudadano ELISARDO ALONSO VECOÑA, de acuerdo con lo previsto en los artículos 454 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se convoca a las partes a una AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA.

Palabras clave

recurso de casaciónmotivacióndelitoCódigo Orgánico Procesal PenalsentenciadefensajusticiaCorte de Apelaciones

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca