Sentencia N° 34 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de febrero de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 034, Exp. C17-022, 20/02/2017
ExpedienteC17-022
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-02-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala establece su competencia para conocer del recurso y analiza los fundamentos de la decisión impugnada, concluyendo que la Corte de Apelaciones cumplió con los requisitos de motivación exigidos por la ley. Se resalta que el recurso de casación no puede ser utilizado como una tercera instancia para expresar descontento con el fallo adverso.

Extracto de la motiva

Que '[l]a Corte de Apelaciones no sustento (sic) su decisión, fue vaga y en términos pocos precisos ya que se limito (sic) a señalar ‘[d]e las argumentaciones explanadas por el A-quo con motivo a la valoración de las pruebas evacuadas en el juicio, parcialmente transcritas, quienes aquí deciden observan que el proceso de cognición y el razonamiento plasmado en la sentencia se corresponde con una adecuada motivación, habida cuenta que su contenido se aprecia una relación lógica y congruente propia del correcto razonar, así tal como lo ha establecido el criterio imperante emanada (sic) de la Sala de Casación Penal, la sentencia debe ser un instrumento que se baste a si (sic) mismo, por lo cual debe contener el resumen de todas las pruebas relevantes del proceso, su análisis y comparación y el señalamiento de los hechos dados por probados, siendo este un requisito imprescindible a los efectos establecidos de la naturaleza penal de tales hechos, así pues debe contener un análisis detallado de las pruebas y la comparación de unas con otras y decidir mediante un razonamiento lógico, donde se determine de una manera clara y precisa los hechos con indicación de los fundamentos de hecho y de derecho que de ese análisis y confrontación de las pruebas es donde surge la verdad procesal la cual sirve de asiento a la decisión judicial. En este caso concreto el Aquo, (sic) decanto (sic) la testimonial evacuada, comparo (sic)su dicho con la prueba documental, analizo (sic) y adminículo (sic) estas pruebas entre si, (sic) para arribar a la determinación del porque (sic) considera el tribunal que estas pruebas constituidas por el testimonio de la victima, (sic) aunado a la prueba documental, concurre a evidenciar que el hecho objeto de la acusación no fue cometido por la ciudadana que hoy se le imputa (sic) tales hecho…’ (sic) y con base a ello concluye que la recurrida esta (sic) ajustada a derecho y con apego a los principios de la motivación'.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto, el 2 de noviembre de 2016, por las abogadas Cibely González Ramírez, Amis Mendoza Chávez y Maribel Rodríguez Moncada, Fiscales Principal y Auxiliar Interina de la Fiscalía Septuagésima Novena del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Principal Octava del Ministerio Público de la Circunscripción del estado Yaracuy, contra la decisión dictada el 29 de septiembre de 2016, por la Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, que declaró sin lugar el recurso de apelación planteado el 1° de abril de 2016, contra la sentencia dictada, el 26 de febrero de 2016, y publicada el 10 de marzo de 2016, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio Itinerante del referido Circuito Judicial Penal, que Absolvió a la ciudadana Juleanne Carolina Domínguez Pereira, titular de las cédula de identidad Núm. 18.421.804, de la comisión del delito de Extorsión, previsto en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión.

Palabras clave

motivaciónCorte de Apelacionesjusticiaderechosentenciapruebasviciosadministración

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