Sentencia N° 34 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de febrero de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 034, Exp. C13-438, 12/02/2014
ExpedienteC13-438
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-02-12
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, resolvió el recurso de casación interpuesto por la abogada María Eugenia García Moreno en representación de William Enrique Galián Flores, condenado a 22 años de prisión por abuso sexual a una niña. La Sala desestimó las denuncias de la defensa, argumentando que no se evidenció la inmotivación alegada en la decisión de la Corte de Apelaciones y que las pruebas presentadas fueron debidamente valoradas. La decisión se fundamenta en la falta de aplicación de normas procesales, pero se concluye que el recurso fue presentado en tiempo y forma.

Extracto de la motiva

El recurso de casación constituye un medio de impugnación contra decisiones dictadas por las cortes de apelaciones (segunda instancia ordinaria dentro del proceso penal vigente en la República Bolivariana de Venezuela), reservado para considerar esencialmente el razonamiento jurídico verificado en las decisiones de dichos tribunales colegiados. Siendo necesario que los o las profesionales del derecho lo interpongan bajo el acatamiento de algunos requisitos formales, que constituyen una garantía surgida del principio de legalidad procesal desarrollado en el artículo 423 del Código Orgánico Procesal Penal, que determina: “Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos”. En este sentido, el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal señala que son recurribles en casación las sentencias de las cortes de apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, siempre y cuando en la acusación se haya requerido una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro (4) años o que se haya condenado a una pena superior a aquel. Asimismo, son impugnables las que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aún cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por la abogada MARÍA EUGENIA GARCÍA MORENO, en su condición de Defensora Pública Auxiliar Penal Regional del Estado Barinas, en representación del ciudadano WILLIAM ENRIQUE GALIÁN FLORES, cédula de identidad 18089854, contra la decisión dictada el dieciocho (18) de septiembre de 2013 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

abuso sexualcasacióninmunidadderechos del niño

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