Sentencia N° 34 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de febrero de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 034, Exp. A11-039, 15/02/2011
ExpedienteA11-039
PonenteDoctor ELADIO RAMÓN APONTE APONTE
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-02-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se avocó de oficio a la causa penal seguida a Arnaldo Javier López Molina y otros, constatando que no existían violaciones procesales que vulneraran los derechos de las partes. Se ordenó remitir el expediente al Juzgado Trigésimo en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas para continuar con el proceso penal. La decisión fue firmada por el Magistrado Ponente y otros magistrados presentes.

Extracto de la motiva

El avocamiento, es una figura jurídica establecida en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, que le confiere, la facultad para conocer y decidir, bien sea de oficio o a petición de parte, de una causa en el estado y grado en que se encuentre. En virtud de ello, la Sala de Casación Penal, solicitó de oficio el expediente identificado con el número 30C-15936-10, seguido a los ciudadanos Arnaldo Javier López Molina, y Rosileing Ailed Silva Rodríguez, Odlanier Alberto Toro Morales y Yhonathan David Márquez Urbaneja, y todos los recaudos relacionados con éste. Recibido el supra citado expediente, la Sala considera oportuno hacer referencia a las incidencias de este proceso y al efecto, se desprende lo siguiente: El 3 de diciembre de 2010, el ciudadano Víctor Hugo Barreto Tacoronte, Fiscal Quinto del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, ordenó el inicio de la correspondiente averiguación Penal. El 8 de diciembre de 2010, el ciudadano Ramón Silva Torcat, Comisario Jefe de la División de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Civiles Penales y Criminalísticas, a través del oficio Nº 10535, remitió al Fiscal Quinto del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, las actas de investigación signadas con la nomenclatura H-857-978. El 9 de diciembre de 2010, el Juzgado Trigésimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, celebró la audiencia para oír al imputado, ciudadano Arnaldo Javier López Molina. En la misma fecha, el referido Tribunal Trigésimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, dictó, por auto separado, la medida privativa judicial preventiva de libertad, en contra del referido ciudadano Arnaldo Javier López Molina.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que: una vez avocado de oficio al conocimiento de la presente causa, se constató que no existen violaciones de carácter procesal que hayan vulnerado los derechos y garantías constitucionales de las partes. En consecuencia, se ordena remitir el expediente (causa penal número 30C-15936-10, seguida a los ciudadanos Arnaldo Javier López Molina, y Rosileing Ailed Silva Rodríguez y otros) al Juzgado Trigésimo en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas, para que le de continuidad al proceso penal instaurado.

Palabras clave

proceso penalderechos humanosapelaciónjusticiagarantías constitucionales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca