Sentencia N° 339 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de julio de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 339, Exp. E24-1, 03/07/2024
ExpedienteE24-1
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2024-07-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, dictó una sentencia en relación con la solicitud de extradición pasiva del ciudadano NELSON GABRIEL HIDALGO JAIMES, solicitado por el Reino de España por la comisión de un delito contra la salud pública. Se constató que no se presentó la solicitud formal de extradición ni la documentación judicial necesaria, lo que llevó a la decisión de colocar al ciudadano a la orden del Tribunal Cuadragésimo Octavo para verificar su situación legal en Venezuela. Se ordenó el archivo del expediente de extradición.

Extracto de la motiva

motiva haya sido cometido en el territorio del Estado requirente o que, cometido IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 11 de 20 fuera de dicho territorio, tenga el estado requirente jurisdicción para conocer de ese delito. 2. El Estado requerido podrá denegar la extradición cuando, según su propia legislación, sea competente para juzgar a la persona cuya extradición se solicita por el delito en que se funda la petición. Si la extradición es denegada, por este motivo el Estado requerido someterá el caso a las autoridades

Dispositiva

PRIMERO: ACUERDA colocar al ciudadano NELSON GABRIEL HIDALGO JAIMES, venezolano, titular de la cédula de identidad V- 17.490.398 a la orden del Tribunal Cuadragésimo Octavo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a efectos que se proceda, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, luego de recibida la copia certificada de la presente sentencia, a convocar una audiencia previa notificación a las partes, con el fin de verificar la situación legal del mencionado ciudadano, y decida si se mantiene o no la medida de privación judicial preventiva de libertad que recae sobre el prenombrado ciudadano, sin perjuicio de acordar nuevamente la privación de libertad sí posteriormente es recibida dicha solicitud, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 388 del texto adjetivo penal referido. SEGUNDO: ORDENA el ARCHIVO del expediente contentivo de la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano NELSON GABRIEL HIDALGO JAIMES. TERCERO: ORDENA remitir al Poder Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, copia certificada de la presente decisión.

Palabras clave

extradiciónsalud públicadelito

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