Sentencia N° 339 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de noviembre de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 339, Exp. E18-229, 23/11/2018
ExpedienteE18-229
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2018-11-23
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela declara procedente la solicitud de extradición activa de los ciudadanos Elis Alfredo Elefteriu Fernández Baca y Gabriel Abusada James, quienes son requeridos por la presunta comisión de delitos de estafa y legitimación de capitales. Se establece que los delitos imputados son de naturaleza penal y no políticos, cumpliendo con los requisitos de ley para la extradición, incluyendo la existencia de órdenes de aprehensión vigentes y la no prescripción de la acción penal en ambos países.
Dispositiva
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de extradición activa de los ciudadanos ELIS ALFREDO ELEFTERIU FERNÁNDEZ BACA, de nacionalidad peruana y venezolana por naturalización, identificado con el documento de identidad peruano (DNI) 09379651, y con la cédula de identidad N° 29.584.887, y GABRIEL ABUSADA JAMES, de nacionalidad peruana, identificado con el documento de identidad peruano (DNI) 08273787, y con la cédula de identidad de la República Bolivariana de Venezuela para Extranjeros N° 84.589.607, a la República del Perú, para ser sometidos a un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de estafa, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, en perjuicio de Inversiones Axones 2008 C.A.; estafa en la modalidad de defraudación, sancionado en los artículos 463, en relación con el 462 eiusdem, en perjuicio de la ciudadana Nataly Ivanohua Pérez Viña; y, legitimación de capitales y asociación, tipificados en los artículos 35 y 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, respectivamente.
Palabras clave
extradiciónestafalegitimación de capitalesVenezuelaPerú