Sentencia N° 339 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de agosto de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 339, Exp. A09-352, 05/08/2010
ExpedienteA09-352
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2010-08-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de la Magistrada Blanca Rosa Mármol de León, declara con lugar la solicitud de avocamiento presentada por la defensa del imputado, quien había sido acusado de homicidio intencional a título de dolo eventual. La Sala determina que el imputado no fue debidamente imputado, lo que vulneró su derecho a la defensa y al debido proceso, y ordena la reposición de la causa al estado de que se realice el acto formal de imputación. Además, se señala que el tipo penal de homicidio intencional a título de dolo eventual no está contemplado en la legislación penal venezolana.
Extracto de la motiva
La Sala ha constatado que el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) no fue debidamente imputado por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, menoscabándole su Derecho a la Defensa y el Debido Proceso; así mismo que fue vulnerado su Derecho a la Defensa al habérsele entregado copias certificadas con tachaduras, el no habérsele entregado oportunamente las copias certificadas solicitadas, el no haber la Fiscal Decimoséptima diligenciado las pruebas solicitadas por la Defensa para el esclarecimiento de los hechos atribuidos al imputado, por lo que debe declararse con lugar el avocamiento solicitado y en consecuencia, reponer la causa al estado de que las parte Fiscal realice el acto de imputación formal del acusado y se le garanticen sus Derechos.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el avocamiento solicitado por la Defensa del imputado (IDENTIDAD OMITIDA); y ordena la reposición de la causa al estado de que se realice el acto formal de imputación. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
avocamientohomicidiolesionesderecho a la defensadebido proceso