Sentencia N° 338 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de julio de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 338, Exp. C09-189, 13/07/2009
ExpedienteC09-189
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-07-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública del ciudadano RIGO ANTONIO FARRERA MARTÍNEZ, confirmando la decisión de la Corte de Apelaciones que había ratificado la condena de cuatro años de prisión por el delito de distribución de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. La Sala argumentó que la Corte de Apelaciones había motivado adecuadamente su decisión y que no incurrió en inmotivación al confirmar la sentencia del tribunal de control.

Extracto de la motiva

La recurrente, en la única denuncia interpuesta le atribuyó a la recurrida el vicio de inmotivación de la sentencia, alegando la falta de aplicación del artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en su criterio, no expresó las razones por las cuales consideró que el cálculo de la pena establecida por el Tribunal de Control, era correcto. Adujo además la impugnante, que la recurrida tampoco señaló las razones “… por las cuales declaró sin lugar el recurso interpuesto… y confirmó la decisión del Tribunal de Control…”. La Sala, para decidir, observa: La recurrente, en la única denuncia interpuesta le atribuyó a la recurrida el vicio de inmotivación de la sentencia, alegando la falta de aplicación del artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en su criterio, no expresó las razones por las cuales consideró que el cálculo de la pena establecida por el Tribunal de Control, era correcto. Adujo además la impugnante, que la recurrida tampoco señaló las razones “… por las cuales declaró sin lugar el recurso interpuesto… y confirmó la decisión del Tribunal de Control…”. La Defensora Pública en su recurso de apelación, alegó lo siguiente: “… Se denuncia infringido el segundo supuesto del numeral cuarto del artículo 452, esto es, que el Tribunal al imponer la pena la computó violando la ley por errónea aplicación de una norma jurídica.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Séptima Penal de la Unidad de Defensa Pública del estado Sucre, a favor del ciudadano acusado RIGO ANTONIO FARRERA MARTÍNEZ. Así se declara.

Palabras clave

recurso de casacióndistribución de sustancias estupefacientesinmotivación de sentenciaCódigo Orgánico Procesal PenalpenaCorte de Apelacionesdefensora pública

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