Sentencia N° 338 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de julio de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 338, Exp. C06-0088, 18/07/2006
ExpedienteC06-0088
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-07-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, anula las decisiones del Juzgado de Control y de la Corte de Apelaciones que negaron la entrega de un vehículo al ciudadano Franz Leonardo Piña Sánchez, argumentando que se violentó su derecho a la defensa. La Sala constató que no existían fundamentos suficientes para la negativa de entrega del vehículo, ya que no se presentaron pruebas concluyentes sobre la propiedad del mismo ni se realizó una investigación adecuada por parte de la fiscalía.
Extracto de la motiva
Aún cuando en principio sería inadmisible el recurso de casación interpuesto, esta Sala, en virtud de lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha revisado los autos y ha constatado que en el presente proceso fue violentado el derecho a la defensa del ciudadano FRANZ LEONARDO PIÑA SANCHEZ, y por ello anula las decisiones dictadas por el Juzgado de Control N° 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, de fecha 18 de abril de 2005, que negó la entrega del vehículo solicitado por el nombrado ciudadano FRANZ LEONARDO PIÑA SANCHEZ y la de la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial de fecha 20 de julio de 2005, que DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido contra tal negativa. En efecto, el derecho a la defensa del ciudadano FRANZ LEONARDO PIÑA SANCHEZ fue infringido por el referido Tribunal de Control, cuando negó la solicitud efectuada por el nombrado ciudadano, con base en las consideraciones siguientes: “...Ahora bien, en el caso de marras consta en autos la negativa hecha por la vindicta pública en relación a la entrega del vehículo solicitado, indicando la fiscal en su negativa, que según las experticias realizadas al vehículo en cuestión, presenta los seriales de carrocería, seguridad y motor, falsos, no lográndose obtener los seriales originales; no siendo posible su individualización; de lo cual no tiene ningún conocimiento quien decide, pues no cursan en auto mas que las solicitudes del ciudadano Franz Leonardo Piña Sánchez, donde consignó el mencionado peticionante, los documentos de propiedad, la negativa de la fiscalía y acta de revisión. Durante la investigación, aparentemente, según el dicho de la representación fiscal, se practicó experticia de reconocimiento y reactivación de seriales, más no constan en el asunto los resultados ni conclusiones de los expertos, sólo son transcritos en la fundamentación de la negativa por parte de la vindicta pública...”.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ANULA las decisiones dictadas por el Juzgado de Control N° 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, de fecha 18 de abril de 2005, que negó la entrega del vehículo solicitado por el nombrado ciudadano FRANZ LEONARDO PIÑA SANCHEZ y la de la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial, de fecha 20 de julio de 2005, que DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido contra tal negativa y ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a fin de que lo distribuya a un Tribunal de Control para que éste recabe las actuaciones necesarias, y una vez constatado que el vehículo no está solicitado, ordene la entrega bajo custodia del vehículo al ciudadano FRANZ LEONARDO PIÑA SÁNCHEZ.
Palabras clave
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