Sentencia N° 336 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de agosto de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 336, Exp. A12-204, 29/08/2012
ExpedienteA12-204
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2012-08-29
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado LUIS FELIPE MEJÍAS BLANCO, apoderado judicial de la víctima en un caso de violencia física. La decisión se fundamenta en la falta de acompañamiento de los recaudos necesarios para verificar la admisibilidad de la solicitud, lo que impide a la Sala evaluar adecuadamente la situación procesal del caso. La Sala resalta que el avocamiento es una figura excepcional que debe ser utilizada con prudencia y solo en casos de graves violaciones al ordenamiento jurídico.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, prevé el avocamiento como una figura excepcional, y ordena su empleo con suma prudencia y reflexión, solo en casos graves o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico, que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana. Circunstancias que no se verifican en los alegatos narrados supra y que configuran uno de los elementos indispensables para su admisibilidad.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD de la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por el ciudadano LUIS FELIPE MEJÍAS BLANCO.