Sentencia N° 335 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de julio de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 335, Exp. C09-74, 13/07/2009
ExpedienteC09-74
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-07-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Ángel Daniel Mata Fernández, anulando la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. La Corte de Apelaciones había incrementado la pena a 20 años de prisión por homicidio calificado, argumentando que el acusado actuó sin justificación. Sin embargo, la Sala de Casación determinó que la Corte de Apelaciones incurrió en vicios al variar los hechos y la valoración de las pruebas, lo que violó el principio de inmediación procesal. Se ordenó la reposición del caso para que se dicte una nueva sentencia en otra Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la Corte de Apelaciones, al resolver el recurso de apelación interpuesto por los querellantes, varió los hechos y la valoración de las pruebas efectuadas por el Juzgado Segundo en funciones de Juicio, lo que tenía vedado de hacer, en atención al principio de inmediación contenido en el artículo 16 del Código Orgánico Procesal Penal. La Sala de Casación Penal, al analizar las denuncias, concluyó que la Corte de Apelaciones no dictó su decisión con base en las comprobaciones de hecho ya fijadas por el Tribunal de Juicio, lo que constituye una violación del artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, se considera pertinente declarar la nulidad del fallo dictado por la Corte de Apelaciones y se ordena la reposición de la causa al estado de que se dicte una nueva sentencia en otra Corte de Apelaciones del mencionado Circuito Judicial Penal.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por los abogados RAFAEL ALBERTO MAIMONE ARAUJO y LOLYSMAR DEL VALLE SORZANO MEZA, defensores del ciudadano ANGEL DANIEL MATA FERNANDEZ, en consecuencia ANULA la sentencia dictada el 26 de septiembre de 2008, por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre y, ORDENA remitir el expediente al Presidente del mismo Circuito Judicial Penal, para que constituya otra Sala accidental que dicte una nueva sentencia, prescindiendo de los vicios que generaron la presente nulidad.

Palabras clave

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