Sentencia N° 334 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de agosto de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 334, Exp. C10-117, 04/08/2010
ExpedienteC10-117
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-08-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Luis Payares Iguarán, quien fue condenado por el delito de sicariato. La Sala analizó los fundamentos de la sentencia recurrida y determinó que el tribunal de juicio había realizado una valoración adecuada de las pruebas presentadas, concluyendo que existía suficiente evidencia para sostener la culpabilidad del acusado. Además, se abordaron las alegaciones de la defensa sobre la falta de motivación y la validez de las pruebas, las cuales fueron desestimadas por la Sala.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN EN CONJUNTO) Según doctrina reiterada de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, ‘Un pronunciamiento de condena o absolución requiere la decantación de todas y cada una de las pruebas traídas a los autos, para proceder, con base a ese examen, a extraer los razonamientos y las conclusiones pertinentes que sirvan de fundamento a la sentencia…’. (Sentencia Nro. 73, de fecha 04-02-2000) En tal sentido, una vez valoradas todas las pruebas recibidas en el juicio, las cuales fueron evacuadas con atención a los principios de inmediación, oralidad, publicidad, contradicción y concentración, así como su valoración por la sana crítica y concatenación entre sí, se desprende que quedó IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 67 plenamente demostrado que el día 23 de Abril de 2007, siendo aproximadamente las 4:30 PM, se presentaron los ciudadanos JEAN CARLOS REVEROL y CARLOS MUÑOZ AMAYA, en el Bufete Morales y Asociados, ubicado en la Avenida 8 Santa Rita, quienes solicitaron hablar con el Dr. CARLOS EDUARDO RAMIREZ SILVA, quien los atendió luego que saliera la persona con quien se encontraba en su despacho, por lo que la Secretaria JOSELINE DEL CARMEN URRIBARRI GIL, conduce a CARLOS MUÑOZ AMAYA, al Despacho del Abogado, y al volver hasta la recepción de la sede del Bufete, el ciudadano JEAN CARLOS REVEROL que se había quedado allí, saca un arma de fuego y los apunta llevándolos hasta un despacho contiguo donde se encontraba CARLOS MUÑOZ AMAYA y el Abogado CARLOS EDUARDO RAMIREZ SILVA, por lo que lograron ver que estos estaban forcejeando y que Carlos Muñoz, tenía un arma de fuego en la mano, escucharon como se caían los bienes que decoraban la Oficina del Abogado y por ello la secretaria JOSELINE DEL CARMEN URRIBARRI GIL y el mensajero, le manifestaron al Abogado que se quedara tranquilo, cuando escuchan unos disparos, por momento no escuchan mas nada y al dirigirse hasta la oficina de la víctima se percatan que el Abogado e
Dispositiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes: 1) Declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la Defensa del ciudadano acusado LUIS PAYARES IGUARÁN, contra el fallo dictado el 7 de diciembre de 2009, por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. 2) Ordena remitir copia certificada de la presente decisión, a la Fiscalía General del Ministerio Público a los fines legales consiguientes.