Sentencia N° 333 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de septiembre de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 333, Exp. C13-187, 19/09/2013
ExpedienteC13-187
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-09-19
DecisiónADMITE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, admite el recurso de casación interpuesto por la Fiscal Cuadragésima Tercera del Ministerio Público, Marieva Machado, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Bolívar que declaró sin lugar el recurso de apelación en un caso de homicidio intencional. La Sala considera que la Corte de Apelaciones no cumplió con su labor revisora, lo que constituye una infracción a los derechos de las víctimas y a la justicia. Se convoca a una audiencia pública para continuar con el proceso.

Extracto de la motiva

La competencia para que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal conozca los recursos de casación que se ejerzan contra las decisiones de las Cortes de Apelaciones o Cortes Superiores, se encuentra establecida en el artículo 29 (numeral 2) de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone: 'Es de la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia:…2. Conocer los recursos de casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal'. En consecuencia, corresponde a la Sala de Casación Penal pronunciarse sobre el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada MARIEVA MACHADO, Fiscal Cuadragésima Tercera del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena. Así se declara.

Dispositiva

PRIMERO: ADMITE el recurso de casación presentado por la ciudadana abogada MARIEVA MACHADO, Fiscal Cuadragésima Tercera del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, contra la decisión proferida el veinticinco (25) de marzo de 2013 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. SEGUNDO: CONVOCA a una audiencia pública que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30). Publíquese, regístrese, notifíquese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

recurso de casaciónhomicidio intencionalinfracción de ley

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