Sentencia N° 333 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de septiembre de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 333, Exp. C04-0298, 16/09/2004
ExpedienteC04-0298
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-09-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por los defensores de Bruno Boscarino Berto. Posteriormente, se propuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia, el cual se pronunció sobre la admisibilidad del mismo. La Sala de Casación Penal determinó que la decisión de la Corte de Apelaciones no era recurrible en casación, desestimando así el recurso propuesto.

Extracto de la motiva

El Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 459, señala que son recurribles en casación las sentencias de las Cortes de Apelaciones: 1) que resuelvan sobre la apelación y no ordenen la realización de un nuevo juicio oral, cuando haya pedido el Ministerio Público en la acusación o la víctima en su acusación particular o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; 2) que condenen a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas; y 3) que confirmen o declaren la terminación del juicio o hagan imposible su continuación. Conforme a lo establecido en el citado artículo 459, el recurso de casación no es el medio para impugnar los autos que resuelvan cualquier incidencia y cuando tales autos no pongan fin al proceso ni impidan su continuación. En consecuencia, la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado Cuarto de Control que decretó auxilio judicial a favor de la víctima, ciudadano Gregorio Carrasquero, no es recurrible en casación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por la defensa del ciudadano Bruno Boscarino Berto. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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