Sentencia N° 332 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de enero de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 332, Exp. E02-0010, 14/07/2006
ExpedienteE02-0010
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2002-01-24
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 24, donde se declara procedente la solicitud de extradición de Carlos Andrés Pérez Rodríguez y Cecilia Beatriz Matos Molero por el delito de enriquecimiento ilícito. Se argumenta que el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica negó la extradición debido a que dicho delito no existe en su legislación, lo que impide la doble incriminación necesaria para proceder con la solicitud. La Sala también señala que corresponde al Ministerio Público evaluar si se debe realizar una nueva solicitud de extradición por un delito distinto.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la extradición de los ciudadanos CARLOS ANDRÉS PÉREZ RODRÍGUEZ y CECILIA BEATRIZ MATOS MOLERO por el delito de ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, según la sentencia N° 24 del 24 de enero de 2002 dictada por esta Sala debió solicitarse: “…A LOS GOBIERNOS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y DE LOS DEMÁS PAÍSES EN LOS CUALES PUDIERAN HALLARSE…”, en consecuencia, tal requerimiento no era exclusivo al Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica. Por otra parte, respecto a la pretensión planteada en el oficio N° 757 del 11 de abril de 2006 suscrito por el ciudadano ROLANDO FIGUEROA MARTÍNEZ, Director General de Justicia y Cultos del Ministerio del Interior y de Justicia, en el que expresa lo siguiente: “… hasta la presente fecha no se ha obtenido ningún pronunciamiento de ese digno Tribunal con respecto al caso in comento…”(transcrito ut supra) la Sala, advierte que está impedida de emitir algún pronunciamiento en la presente causa por cuanto no han variado las circunstancias en las cuales se apoyó la Sala Penal para acordar esta solicitud de extradición. Por lo que correspondería al Ministerio Público como titular de la acción penal estimar si considera pertinente una nueva persecución penal que conlleve otra solicitud de extradición ante el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, por un delito distinto al “ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO”, lo que daría lugar a una nueva solicitud de extradición. Así se decide.
Dispositiva
DEBE SOLICITARSE LA EXTRADICIÓN del ciudadano ex Presidente de la República, CARLOS ANDRÉS PÉREZ RODRÍGUEZ y de la ciudadana CECILIA BEATRIZ MATOS MOLERO, debidamente identificados y actualmente residenciados en el territorio de la República Dominicana. Dicha extradición deberá solicitarse A LOS GOBIERNOS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y DE LOS DEMÁS PAÍSES EN LOS CUALES PUDIERAN HALLARSE…
Palabras clave
extradicionenriquecimiento ilicitodoble incriminacionlegislacion norteamericanasolicitud de extradiciondelitojusticiaproceso penal