Sentencia N° 331 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de junio de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 331, Exp. C05-0088, 07/06/2005
ExpedienteC05-0088
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de Luis Ramón Ramírez Torres, condenado por homicidio calificado. La Sala considera que la denuncia de indebida aplicación del artículo 408 del Código Penal carece de fundamentación suficiente, ya que no se demostró la falta de intención ni los motivos fútiles que se alegan. Además, se resalta que el Tribunal de Juicio no incurrió en vicios que afectaran la sentencia condenatoria.
Extracto de la motiva
La presente denuncia carece de la debida fundamentación, por cuanto, si bien es cierto, la impugnante señala el motivo de procedencia del recurso “indebida aplicación del artículo 408, ordinal 1º del Código Penal”, no es menos cierto que se limita a denunciar que no quedó demostrado el elemento intencional y la calificante de los motivos fútiles e innobles, sin señalar la parte de la sentencia recurrida ni las pruebas que demuestran que el acusado actuó sin intención y que no hubo motivos fútiles o innobles, es decir, no fundamentó su denuncia y no expresó de qué modo impugna la decisión recurrida.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensora del acusado LUIS RAMÓN RAMÍREZ TORRES. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de casaciónintencionalidadmotivos fútilesdebido procesoCódigo Penaldefensasentencia condenatoria