Sentencia N° 33 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de enero de 2010

TSJ/SCP, Sent. N° 033, Exp. C09-469, 27/01/2010
ExpedienteC09-469
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-01-27
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de WILFREDO JOSÉ ROMERO MARRERO. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar el recurso de apelación del Ministerio Público, que solicitaba una orden de aprehensión contra los imputados por homicidio calificado. La defensa argumentó que la decisión de la Corte de Apelaciones constituyó una condena anticipada, pero la Sala consideró que la resolución no ponía fin al proceso ni impedía su continuación, por lo que no era recurrible en casación.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones en su fallo, se pronunció sobre la solicitud que hizo la Fiscal del Ministerio Público en base al escrito acusatorio que la fiscal presentó en el momento oportuno, asimismo en su pronunciamiento ordenó remitir el expediente a otro Tribunal de Control para que se pronunciara sobre la solicitud de orden de aprehensión, hecha por la representante del Ministerio Público. El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, establece: “...Decisiones recurribles. El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de la Corte de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas. Asimismo, serán inimpugnables las decisiones de la Corte de Apelaciones, que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aun cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio, verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia, que haya anulado la sentencia del juicio anterior...”. Al respecto, la Sala de Casación Penal ha señalado lo siguiente: “... la Sala considera que, en el presente caso por tratarse de una decisión interlocutoria, producto de una incidencia que no pone fin al proceso ni impide su continuación, la misma no puede ser recurrible en casación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal...”.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación propuesto por la defensa del ciudadano WILFREDO JOSÉ ROMERO MARRERO.

Palabras clave

homicidiocasacióninadmisionderechos humanos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca