Sentencia N° 328 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de agosto de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 328, Exp. E12-144, 16/08/2012
ExpedienteE12-144
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2012-08-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano ANTONÍN SALETA, presentada por el Gobierno de la República Checa. Se determinó que se cumplen los principios de la doble incriminación y que el delito por el cual se solicita la extradición, ROBO AGRAVADO, está tipificado tanto en la legislación checa como en la venezolana. La Sala concluyó que la solicitud es procedente y declaró con lugar la extradición del ciudadano requerido.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, pasa a decidir sobre la procedencia o no de la solicitud de extradición pasiva del ciudadano ANTONÍN SALETA, nacido el 19 de marzo de 1970, en Moravský Krumlov, República Checa, identificado con Pasaporte Checo N° 39820161, solicitud presentada por el Gobierno de la República Checa, según el numeral 9 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el numeral 1 del artículo 29 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y los artículos 391, 395 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Respecto a la extradición, el Estado venezolano obra con un alto sentido de responsabilidad. En efecto, por una parte acepta la extradición como una obligación moral conforme al Derecho Internacional, pero se reserva la más absoluta libertad en la apreciación para concederla o negarla, tomando en cuenta si en el caso concreto se contrarían los principios de nuestra legislación nacional o no estuviese conforme con la razón y la justicia. En tal sentido, los artículos 6 del Código Penal, 391 y 395 al 399 del Código Orgánico Procesal Penal, reúnen los principios básicos que en materia de extradición establece el derecho positivo venezolano.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano de nacionalidad Checa ANTONÍN SALETA, presentada por el Gobierno de la República Checa, quedando entendido que deberá mantenerse la medida privativa de libertad impuesta al mencionado ciudadano, hasta tanto se haga efectiva la entrega del mismo al Gobierno de la República Checa.

Palabras clave

extradiciónROBO AGRAVADOANTONÍN SALETARepública Checa

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