Sentencia N° 328 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de julio de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 328, Exp. C06-0278, 13/07/2006
ExpedienteC06-0278
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-07-13
DecisiónDESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano Juan Carlos López, condenado a ocho años de prisión por ocultamiento ilícito de sustancias estupefacientes. La defensa alegó falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones y la ausencia de defensa técnica adecuada durante el proceso penal. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que el recurrente no estuvo desprovisto de defensa y que las pruebas inadmitidas no eran nuevas, por lo que desestimó el recurso.

Extracto de la motiva

La recurrente alega que su defendido estuvo desprovisto de la defensa técnica que todo ciudadano debe tener cuando se le sigue un proceso penal, sin embargo del estudio del presente expediente se observa lo siguiente: 1.- El 1° de julio de 2005, se realizó la Audiencia para oír al imputado, de acuerdo al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, el acusado estuvo asistido por los ciudadanos abogados Juan Fernando Yauca y Carlos Alberto Olaya, Defensores Privados. 2.- El 4 de julio de 2005, el ciudadano acusado, revoca el nombramiento de sus abogados defensores Juan Fernando Yauca y Carlos Alberto Olaya; y nombra a la ciudadana abogada Lila Gómez, quien estando presente, aceptó el cargo y fue quien asistió al acusado en la Audiencia Preliminar. 3.- El 31 de octubre de 2005, la ciudadana abogada Lila Gómez, renunció al cargo de defensora privada del ciudadano acusado. 4.- El 1° de noviembre de 2005, a las 11:20 a.m. se realizó el traslado del acusado hasta la sede del Juzgado de Juicio, quien fue impuesto de la renuncia de su abogada y solicitó la designación de un Defensor Público. 5.- El 1° de noviembre de 2005, a la 1:50 p.m., se presentó ante el tribunal de Juicio la ciudadana abogada Marynella Hernández, Defensora Pública Septuagésima Novena Penal, quien aceptó el cargo y se dio por notificada.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la Defensa del acusado. Publíquese, regístrese, remítase el expediente y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

recurso de casacióndefensa técnicaocultamiento ilícitosustancias estupefacientesCódigo Orgánico Procesal Penalderecho a la defensainmotivaciónpruebas inadmitidas

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