Sentencia N° 327 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de junio de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 327, Exp. C05-0064, 07/06/2005
ExpedienteC05-0064
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Alejandro Angulo Fontiveros, decidió el recurso de casación interpuesto por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, Norma María Cosenza, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que había absuelto al acusado Jaiker Ramón Romero por homicidio culposo. La Sala encontró que la Corte de Apelaciones incurrió en inmotivación al no ordenar un nuevo juicio tras anular el fallo de primera instancia, lo que llevó a la decisión de declarar con lugar el recurso de casación y anular la sentencia impugnada.

Extracto de la motiva

La Sala constató que la recurrida anuló la sentencia del tribunal de juicio y para ello apreció los elementos probatorios de la causa. En tal sentido le dio un valor propio a unas pruebas que fueron apreciadas por el juzgado de primera instancia durante el debate. Y la recurrida manifiesta que el juzgado de juicio “no valora acuciosamente” los elementos probatorios, dando a ellas una apreciación particular y diferente, por lo que anuló el fallo de primera instancia y absolvió al ciudadano acusado JAIKER RAMÓN ROMERO cuando lo procedente, después de haber realizado esta apreciación de las pruebas, debió ser ordenar la realización de un nuevo juicio.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada NORMA MARÍA COSENZA Fiscal Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Lara, se ANULA el fallo impugnado, se ordena remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a fin que se constituya la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones para que dicte nueva sentencia prescindiendo de los vicios que originaron la nulidad.

Palabras clave

homicidio culposorecurso de casacióninmediaciónanulación de sentenciaprincipio in dubio pro reovaloración de pruebas

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