Sentencia N° 325 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de junio de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 325, Exp. C04-0229, 07/06/2005
ExpedienteC04-0229
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-07
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado RUBÉN DARÍO SANOJA, defensor del ciudadano MARCOS PUBLIO ROSALES SALAS, condenado por lesiones personales graves. La decisión se basa en que la pena impuesta no excede el límite de cuatro años establecido para la admisibilidad del recurso de casación según el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

Al examinar la decisión del Juzgado Décimo Tercero (Mixto) en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, se constató que el ciudadano MARCOS PUBLIO ROSALES SALAS fue condenado por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES. El “quántum” de la pena del mencionado delito (de uno a cuatro años de prisión) no excede del límite exigido (4 años) para la admisibilidad del recurso contemplado en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal. Por tal motivo se declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado RUBÉN DARÍO SANOJA, Defensor del ciudadano imputado. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado RUBÉN DARÍO SANOJA, Defensor del ciudadano imputado, contra el fallo dictado el 28 de abril de 2004 por la Sala Décima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

lesiones personalescasaciónpenainadmisionCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penalagresiónjusticia

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