TSJ/SCP, Sent. N° 324, Exp. C24-204, 13/06/2024
ExpedienteC24-204
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-06-13
DecisiónInadmisible por extemporáneo, el recurso de casación interpuesto por la abogada Rosa Virginia García Velásquez, Defensora Pública Centésima Quinta Provisoria del Área Metropolitana de Caracas, defensa del acusado YSMAEL ENRIQUE ASTOR GUILLÉN, por haber sido presentado fuera del lapso legal previsto en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal. Desestima, por manifiestamente infundados, los recursos de casación incoados por la abogada Emilia Saez, Defensora Pública Nonagésima Segunda con competencia en materia Penal Ordinario, y por el abogado Hugo De Lellis, defensor privado de la ciudadana HEYMI YHOANNA ESTABA CASTILLO.
Extracto de la motiva
motivar y decidir conforme a la inmediación, oralidad y apreciación de las pruebas, este último en atención al mandato procesal contenido en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, estima quedó acreditado los tipos penales enunciados y cometidos en fecha 01 de febrero de 2019, ya que los hechos por los cuales fueron individualizados como imputados y posteriormente acusados por ante el Tribunal Trigésimo Noveno (39) de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, fueron confirmados, es decir el Ministerio Público si demostró la culpabilidad de los acusados de autos. De tal manera que el Hecho Punible, objeto del Presente Juicio Oral y Público expresado por el Ministerio Publico como: “...El día viernes primero (01) de febrero de 2019, siendo aproximadamente las siete (07:00) horas de la noche, la víctima del presente caso, quien responde al nombre de ARNOLDO en compañía de su novia GEOVANNA se encontraban en las adyacencias del estacionamiento de la residencia QVADRA, ubicada en la Avenida Sucre, de los Dos Caminos, en su camioneta blindada, marca TOYOTA, modelo FORTUNER, color BLANCO, placa AB116VF, esperando que la ciudadana Miriam Castillo, quien es la ex-suegra de Arnoldo le entregara a su hijo de 07 años, (que fue procreado con la ciudadana HEYMI YOHANA ESTABA CASTILLO ex esposa de ARNOLDO), para cumplir con el régimen de convivencia familiar, en ése momento llega una camioneta PICK-UP, doble cabina, color blanco, con la palabra tránsito en la parte delantera y logos alusivos al Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (PNB) y se estaciona cerca de ellos, cuando llegó la señora Miriam y ARNOLDO se baja de su vehículo para buscar a su hijo, descienden de la PICK-UP con logos alusivos a la Policía Nacional dos (02) sujetos identificados como Kreimer Enmanuel Vargas Coronel e Ysmael Enrique Astor Guillen y lo apuntan con un arma de fuego, forcejearon con la víctima y lo montaron en la PICK-UP y uno de ellos identificado como JHON ALEXANDER BRAVO GUILLÉN se sube en la camioneta marca TOYOTA, modelo FORTUNER, color BLANCO (propiedad de ARNOLDO) con GEOVANNA, quien a su vez forcejeó con él y al rodar unos pocos metros, ella logra meterle un mordisco y el sujeto abre la puerta de la camioneta y la empuja, no obstante antes de bajarse y correr, logra agarrar los teléfonos de ella y los dos de la víctima ARNOLDO. Por otra parte, los sujetos identificados como KEYMER ENMANUEL VARGAS CORONEL E YSMAEL ENRIQUE ASTOR GUILLEN (funcionario de la PNB en ese momento) se llevan a la víctima en la PICK-UP blanca, con logos alusivos a la Policía Nacional Bolivariana, mientras que ANDRYS JOSÉ PAREDES CARRIZALES (conductor) y DICKSON ARBEY ORTEGA ORTEGA (parrillero) (ambos funcionarios de la GNB) se trasladaban a bordo de un vehículo tipo moto, marca SUZUKI, Modelo V-STROM 1000 cc, de color rojo, sín placas, cuestionando la PICK-UP blanca, con logos alusivos a la Policía Nacional Bolivariana donde se encontraba la víctima ARNOLDO secuestrada y a la FORTUNER, color BLANCO, marca TOYOTA, propiedad de la víctima que era manejada por JHON ALEXANDER BRAVO GUILLÉN, hasta las adyacencias del hotel Marbella, ubicado en el Paraíso, lugar donde se presentó FRANKLIN ANTONIO ARMADA VARGAS, cambiando a la víctima de vehículo a su camioneta marca TOYOTA, modelo FORTUNER, color BLANCO, placa AB116VF, luego lo trasladan hasta su casa ubicada en la Tahona, estado Miranda, mientras que YSMAEL ENRIQUE ASTOR GUILLEN se trasladó en la unidad marca TOYOTA, modelo HILUX, color BLANCO, con logos alusivos a la Policía Nacional Bolivariana hacia el Instituto Nacional de Tránsito Terrestre, ubicado en el Llanito para devolver la unidad que él mismo sustrajo para secuestrar a la víctima. Posteriormente el imputado KEYMER ENMANUEL VARGAS CORONEL realizó una llamada a las siete y cincuenta y cuatro (19:54:46) pm de la noche del número 0414-269-52-61 (Llamador1) al número de la víctima 0424-118-98-10 (Arnoldo), siendo atendido por la ciudadana GEOVANNA quien poseía en su tenencia el equipo celular, donde éste sujeto le indicó insistentemente que se trataba de un procedimiento y que le indicara dónde estaba para Ir a buscarla, colgando la llamada, luego a las 9:36 pm (21:36:13) y 9:46 pm (21:42:48) minutos de la noche reciben la segunda y tercera llamada de un número 0414-042-96-72 (Llamador 2) al mismo número de la víctima 0424-118-98-10, pero ésta vez contestó Rubén, que era el abogado de la familia y GEOVANNA lo había ido a buscar luego del incidente, hablando la víctima ARNOLDO en esa oportunidad, quien dijo que él estaba bien y que no hicieran nada, que no inventaran, que él iba a cuadrar con fos tipos, que lo soltarían en Maiquetía por el aeropuerto, que él llamaría. Luego, siendo aproximadamente las once de la noche (11:00) pm los imputados FRANKLIN ANTONIO ARMADA VARGAS, KEYMER ENMANUEL VARGAS CORONEL y JHON ALEXANDER BRAVO GUILLÉN (por aprehender) se trasladaron en la camioneta de la víctima (con ellos dentro), marca TOYOTA. modelo FORTUNER, color BLANCO y ANDRYS JOSÉ PAREDES CARRIZALES (conductor) y DICKSON ARBEY ORTEGA ORTEGA (parrillero) escoltándolos en la moto marca SUZUKI, modelo V-1000 cc, de color rojo, hasta la casa de la victima ubicada en la Tahona, estado Miranda, una vez allí a las once y media de la noche aproximadamente (11:30) pm, los imputados KEYMER ENMANUEL VARGAS CORONEL y JHON ALEXANDER BRAVO GUILLÉN (por aprehender) se bajan del vehículo e ingresan al apartamento de ARNOLDO con las llaves que le fueron despojadas, donde logran apoderarse de varios objetos de valor en contra de la voluntad de la víctima, en receptaculos tipo bolsos y en un receptáculo comúnmente denominado cava o hielerea, especificándose a continuación los objetos: un (01) reloj marca FOSSIL, un (01) reloj marca TIMBERLANOD, un (01) reloj marca TAG HEUER, un (01) reloj marca TIMEX, veinte (20) pares de lentes marca PRADA, CARTIER, TAG HEUER, TECHNOMARINE y GUCCI, veinte (20) pares de lente marca CARTIER color MARRÓN, seis (06) pares de lentes marca TAG HEUER, dos (02) pares de lentes marca TECHNOMARINE, cinco (05) pares de lentes marca GUCCI, un (01) reloj marca POLAROID, doce (12