Sentencia N° 324 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de septiembre de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 324, Exp. R04-0389, 15/09/2004
ExpedienteR04-0389
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicacion
Fecha de la decisión2004-09-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación del juicio seguido ante el Tribunal de Control Primero de la Sección Penal de Adolescentes del Estado Yaracuy. La solicitud fue presentada por la Fiscal Noveno, argumentando que el caso había causado alarma pública y que los jueces habían sido objeto de constreñimiento. Sin embargo, la Sala determinó que no se demostraron los alegatos de la Fiscalía y que no existían motivos suficientes para separar la causa de su juez natural.

Extracto de la motiva

La solicitud de radicación debe apoyarse en motivos que efectivamente ameriten la separación de la causa de su juez natural pues de lo contrario se convertiría en una posibilidad para satisfacer pretensiones procesales de las partes. La representación fiscal considera que el presente caso se encuentra apoyado en los supuestos señalados en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal pues ha causado “alarma, sensación ó escándalo público”, ya que los juzgadores conocedores de esta causa han sido objeto de constreñimiento y persecuciones en reiteradas oportunidades. Tales alegatos no están demostrados en las actuaciones que cursan en el expediente. La procedencia de la radicación debe estar motivada por un verdadero obstáculo para el ejercicio efectivo en la jurisdicción donde se cometieron los hechos y que incida de forma directa e indudable en una recta e imparcial administración de justicia. Obstáculo que debe ser demostrable y estar demostrado en autos.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la radicación del juicio solicitada por la ciudadana ROSARIO ELENA HERRERA PRADO, Fiscal Noveno de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Publíquese y regístrese.

Palabras clave

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