Sentencia N° 324 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de junio de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 324, Exp. C01-0161, 27/06/2002
ExpedienteC01-0161
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-06-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de EDGAR SIERRA CUAMO, condenado por homicidio calificado. La Sala considera que las pruebas presentadas durante el juicio fueron suficientes para establecer la culpabilidad del acusado, a pesar de las alegaciones de insuficiencia de pruebas y violación de derechos. Se destaca la relevancia de los testimonios de testigos que confirmaron la relación entre el acusado y la víctima, así como las circunstancias del hecho.

Extracto de la motiva

La impugnante denunció conjuntamente la violación del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los artículos 8, 22, 215 y 216 del Código Orgánico Procesal Penal, sin expresar separadamente los fundamentos de cada infracción. Aunado a ello alegó la inmotivación del fallo recurrido, vicio que -a juicio de la Sala- debió exponerse en otra denuncia. Ante las imprecisiones de la impugnante, la Sala de Casación Penal considera incumplidos los requisitos contenidos en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal derogado y destaca que dichos requisitos lejos de resultar simples formulismos constituían una garantía tanto para las partes como para el Estado, de que la decisión contra la que se interpuso el recurso sí era infractora de preceptos legales. En consecuencia, se desestima el recurso de casación por manifiestamente infundado y según lo establecido en el artículo 465 “eiusdem”. Así se decide. El Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha revisado el fallo impugnado para saber si se vulneraron los derechos del imputado o si hubo vicios que hicieran procedente la nulidad de oficio en provecho del reo y en aras de la Justicia y ha constatado que el fallo está ajustado a Derecho, pues de las pruebas debatidas durante el desarrollo del debate oral surgió la responsabilidad del ciudadano EDGAR SIERRA CUAMO en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de su esposa, ciudadana SONIA MARILUZ GONZÁLEZ.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expresadas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Segunda del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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