Sentencia N° 323 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de julio de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 323, Exp. C08-200, 01/07/2008
ExpedienteC08-200
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-07-01
DecisiónAdmisible
Resumen
La Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal declaró sin lugar el recurso de apelación contra la condena de José Rafael Olmos Andrade por homicidio en grado de frustración y uso indebido de arma de fuego. La defensa interpuso recurso de casación, alegando falta de aplicación de normas y errores en la valoración de pruebas. La Sala de Casación Penal admitió el recurso, convocando a una audiencia pública para su discusión.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Revisados los fundamentos de la presente denuncia, considera la Sala que la misma cumple con los extremos señalados en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual la declara admisible y, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 466 eiusdem, convoca a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30). Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara admisible el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado JOSÉ RAFAEL OLMOS ANDRADE. Se convoca la correspondiente audiencia pública, de conformidad con el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días. Publíquese, regístrese y notífiquese. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
homicidiouso indebido de armalegítima defensarecurso de casaciónpruebasdecisión judicial