Sentencia N° 32 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de febrero de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 032, Exp. C13-7, 14/02/2013
ExpedienteC13-7
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-02-14
DecisiónDesestima por inadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, recibió un recurso de casación interpuesto por el abogado Raúl Córdova, defensor de Anastacio Da Costa Peixoto, contra una decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Corte de Apelaciones había confirmado una condena de tres años de prisión por los delitos de violencia psicológica y amenazas. El recurso fue declarado inadmisible por no cumplir con los requisitos de impugnabilidad establecidos en la ley, ya que las penas impuestas no excedían el límite máximo para ser recurribles en casación.
Extracto de la motiva
El recurso extraordinario de casación tiene un carácter especialísimo, comprendiendo un conjunto de requisitos que regulan su interposición y admisibilidad, los cuales más allá de una mera formalidad, constituyen una garantía para las partes y el Estado. En el caso sometido a la consideración de esta Sala, importa destacar el contenido de los artículos 423 y 426 del Código Orgánico Procesal Penal, que desarrollan: Artículo 423: “Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos”. Artículo 426: “Los recursos se interpondrán en las condiciones de tiempo y forma que se determinan en este Código, con indicación específica de los puntos impugnados de la decisión”. Desprendiéndose de las normas legales transcritas que en materia penal un recurso será admitido, cuando la decisión que se pretende enervar sea recurrible a través de un medio de impugnación expresamente consagrado, y por los motivos taxativos previstos en la ley. Siendo necesario cumplir con los requisitos de legitimación, tempestividad y forma que establece la ley para conceder viabilidad y trámite procesal.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por el abogado RAÚL CÓRDOVA, defensor privado del ciudadano ANASTACIO DA COSTA PEIXOTO, contra la sentencia dictada el diecisiete (17) de octubre de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.