Sentencia N° 319 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de junio de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 319, Exp. C03-0336, 07/06/2005
ExpedienteC03-0336
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud del recurso de casación interpuesto por el Fiscal Suplente Especial, declara con lugar el recurso y anula la sentencia dictada por la Sala Accidental Segunda de la Corte de Apelaciones. La decisión se basa en la falta de análisis de pruebas relevantes que debieron ser consideradas en la culpabilidad del acusado, lo que constituye una inmotivación del fallo. Se ordena remitir el expediente al juez correspondiente para su continuación.

Extracto de la motiva

La recurrida, en el capítulo correspondiente al establecimiento del cuerpo del delito, tomó en consideración las pruebas siguientes: 1. Acta de transcripción de novedades, suscrita por el Secretario del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Delegación del Estado Lara (folio 1 de la primera pieza del expediente). 2. Actas policiales suscritas por funcionarios adscritos al Cuerpo Técnico de Policía Judicial del Estado Lara (folios 6, 17, 25, 29 y 117 de la primera pieza del expediente). 3. Inspecciones Oculares N° 6788, 6789, 6868 y 0056 (folios 8 y vuelto, 18 y 59 de la primera pieza del expediente y 419 al 421 de la segunda pieza del expediente). 4. Reconocimiento fisico-químico, hematológico, para la determinación de grupo sanguíneo, suscrito por los funcionarios adscritos al Laboratorio de la Región Centro Occidental, ciudadanos QUELVINS ORTIZA y GLADYS AGUILAR (folios 201 al 205 de la primera pieza del expediente). 5. Experticia de comparación balística N° 327, suscrita por los funcionarios adscritos al Departamento de Balística del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, ciudadanos JULIO EDUARDO RANGEL y ESTELA BECERRA RANGEL (folios 515 al 517 de la tercera pieza del expediente). 6. Protocolo de autopsia N° 636-95 suscrita por los médicos forenses ISEA BOLÍVAR y TULIO RICCIO (folios 150 al 152 de la primera pieza del expediente). 7. Acta de defunción suscrita por el ciudadano Prefecto del Municipio Jiménez, Parroquia Juan Bautista Rodríguez del Estado Lara (folio 195 de la primera pieza del expediente). 8. Acta de Enterramiento N° 340 realizada por la Prefectura del Municipio Jiménez Quibor del Estado Lara (folio 196 de la primera pieza del expediente). Así mismo tomó en consideración las declaraciones de los ciudadanos SONIA YASMÍN RODRÍGUEZ RAMOS, MARILYN YUDITH RODRÍGUEZ RAMOS, DELIO AMADO DAZA CORDERO, EUCLIDES LENIN VALENZUELA DAZA, PAUSIDES JOSÉ VALENZUELA DAZA, ESTARLY ONÉSIMO PUERTA ASUAJE, ARMY JOSÉ VALENZUELA GUTIÉRREZ, IRMA MARÍA ARAUJO RAMOS, YELITZA FREITES y ARMIS ALÍ VALENZUELA CRESPO y finalizó expresando lo siguiente: “... De los precedentes elementos analizados, apreciados y concatenados, concurren en su conjunto para dimanar certeza judicial sobre la plena e incuestionable demostración del hecho antes narrado y que se deja establecido, con sus circunstancias de tiempo modo y lugar allí expresadas, relacionadas con la muerte del ciudadano ÉDGAR ENRIQUE VALENZUELA CRESPO...

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: 1) Declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado JOSÉ LUIS SAPIAIN, Fiscal Suplente Especial de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público ante las Salas Accidentales de Reenvío en lo Penal y las Cortes de Apelaciones al nivel Nacional. 2) ANULA la sentencia dictada por la Sala Accidental Segunda para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 18 de julio de 2003. 3) ORDENA REMITIR el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

homicidio intencionallegítima defensarecurso de casaciónanálisis de pruebasinmotivaciónsentenciaCorte de ApelacionesEstado Lara

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