Sentencia N° 318 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de julio de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 318, Exp. C10-187, 29/07/2010
ExpedienteC10-187
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-07-29
DecisiónRectifica de oficio la pena impuesta al acusado por el delito de EXTORSIÓN, tipificado en el artículo 459 del Código Penal, e impone la pena de SEIS AÑOS DE PRISIÓN.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 29 de julio de 2010, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado Carlos Enrique Delgado Monges, quien había sido condenado a siete años de prisión por extorsión. Sin embargo, la Sala observó un vicio en la aplicación de la pena, ya que se había incrementado sin ser señalado en la acusación. Por lo tanto, rectificó la pena a seis años de prisión, ajustándose a lo establecido en el Código Penal.
Extracto de la motiva
La Sala ha dicho, que una correcta fundamentación de un fallo, debe contener de forma lógica y coherente una argumentación de todos y cada uno de los puntos controvertidos, de manera que, la certeza procesal producto de la certeza subjetiva del juzgador debe estar fundamentada sobre la basa de la sana critica para poder así explicar la razón jurídica en virtud de la cual se adopto la decisión.
Dispositiva
1) Declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada LOURDES ODUBER HENRÍQUEZ, Defensora Pública Penal, del acusado CARLOS ENRIQUE DELGADO MONGES. 2) Rectifica de oficio la pena impuesta al acusado por el delito de EXTORSIÓN, tipificado en el artículo 459 del Código Penal, e impone la pena de SEIS AÑOS DE PRISIÓN.