Sentencia N° 315 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de agosto de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 315, Exp. CC17-155, 04/08/2017
ExpedienteCC17-155
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de competencia
Fecha de la decisión2017-08-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos tribunales de la misma jerarquía, uno ordinario y otro especializado en violencia de género, respecto a un caso de homicidio. El tribunal declinante negó su competencia basándose en una circular que establecía la creación de un tribunal único para casos de violencia contra la mujer, mientras que el tribunal abstenido argumentó que los delitos imputados no correspondían a su jurisdicción especializada.
Extracto de la motiva
La competencia para que el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, conozca de los conflictos de competencia que se susciten entre tribunales, se encuentra establecida de la manera que sigue: El artículo 266 numeral 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dispone: '…Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia: 7.- Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior o común a ellos en el orden jerárquico…'. En este orden de ideas, el artículo 31 numeral 4, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establece: '…Son competencias comunes de cada Sala del Tribunal Supremo de Justicia: (...) 4. Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior y común a ellos en el orden jerárquico. …'. De manera más específica, con relación al conflicto de no conocer, el artículo 82 del Código Orgánico Procesal Penal establece lo siguiente: '…Si el tribunal en el cual se hace la declinatoria se considera a su vez incompetente, así lo declarará y lo manifestará inmediatamente al abstenido expresando los fundamentos de su decisión. En la misma oportunidad expondrá ante la Instancia Superior común, que debe resolver el conflicto, las razones de su incompetencia, y acompañará copia de lo conducente. …'.
Dispositiva
Por las razones antes señaladas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMPETENTE al Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para conocer, sin más dilaciones, el proceso penal seguido en contra del ciudadano imputado DANIEL SIMÓN TONITO, titular de la cédula de identidad N° V-12.303.714, condenado por la comisión de los delitos tipificados como HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406, numerales 1 y 2, con relación al artículo 405, ambos del Código Penal; en concurso con las agravantes específicas establecidas en el parágrafo único del artículo 65 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana Liliana Morales Alvarado (occisa), y HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 con relación al artículo 80, segundo aparte, ambos del Código Penal; en perjuicio del ciudadano Frank Morales. En consecuencia se ORDENA remitir el expediente a dicho Tribunal.
Palabras clave
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